Lex Fiscus

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lunes, 11 de marzo de 2013

Protege la SCJN la salud por encima de cualquier empresa.

La salud está por encima de cualquier interés particular, fue la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de una empresa tabacalera que impugnó el retiro de su publicidad alegando violaciones a su derecho al libre comercio y la libertad de expresión. Con esta resolución todas las tabacaleras están obligadas a ajustar la publicidad al marco normativo de las leyes mexicanas. Para las autoridades sanitarias, desde el punto de vista médico, la resolución de la Corte fue acertada, ya que de haber amparado a la industria, los riesgos a la salud serían mayores, sobre todo para los jóvenes. Para el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), el fallo judicial es un llamado de atención a muchas industrias para que ajusten su publicidad a la ley y a los principios de la autorregulación. Mientras que para la Comisión Federal Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de la Secretaría de Salud Federal, la resolución de la Corte es trascendental al proteger la salud pública, celebra que haya determinado que las medidas de seguridad que aplica en el país estén por encima de cualquier interés particular. La reciente resolución de la Suprema Corte, que declaró constitucionales, y por encima de todo interés privado, las medidas de seguridad que aplica la Cofepris a las industrias para prevenir riesgos a la salud, es de enorme trascendencia, ya que garantiza la protección a la salud de los mexicanos. "Al no amparar ni proteger a las industrias quejosas contra los actos de la Cofepris, la Suprema Corte de Justicia está poniendo por encima de cualquier prerrogativa el derecho de la población a la salud".

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