Lex Fiscus

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jueves, 14 de marzo de 2013

Inmoviliza Profeco operación comercial de siete gasolineras. Las entidades donde la autoridad encontró irregularidades en el servicio fueron el DF, Nuevo León, Chiapas y Aguascalientes.

Derivado de los operativos de revisión y vigilancia en las gasolineras realizados a escala nacional, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha detenido las operaciones comerciales en siete de estos establecimientos por distintas irregularidades, señaló Tomás Sánchez Robles, director general de Verificación de Combustibles de la dependencia. “Estamos verificando que despachen litros completos, que actualicen los precios de los combustibles, que las máquinas despachadoras cuenten con los sellos para operar, y que se encuentre calibrada, además que no estén alterados los circuitos del dispensario de combustible, entre otras cosas”, detalló el funcionario de Profeco. El funcionario federal indicó que dos de los establecimientos en los que se detuvieron las actividades fueron en el Distrito Federal, otros dos en Nuevo León, dos en Chiapas, y uno en Aguascalientes. Sánchez Robles dijo que la dependencia inició los operativos desde la segunda quincena de diciembre de 2012, y desde entonces se han realizado alrededor de 30 verificaciones diariamente, e indicó que éstas continuarán durante el año permanente y aleatoriamente en todos los estados, inclusive en las noches para incrementar el factor sorpresa. El funcionario puso en relieve que la dependencia este año ha registrando entre tres y 10 denuncias diarias, ya sea de forma presencial o telefónica. Le echan agua La gasolinera ubicada en la salida a la carretera escénica Ensenada-Playas de Rosarito, a un kilómetro de la caseta de San Miguel, registra pérdidas económicas luego de que el pasado sábado al menos nueve vehículos resultaran averiados porque les surtieron gasolina con agua. En ese momento la justificación de la empresa Inmobiliaria Mar de las California fue que el agua de la lluvia entró por el tanque que almacena el combustible. MILENIO trató de hablar con los administradores de la expendedora de combustible, pero se negaron a dar una explicación sobre lo que sucedió con los vehículos que resultaron con daños. Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo un juicio que permitirá fijar un criterio para determinar las condiciones de operación de quienes prestan el servicio de almacenamiento de gas licuado con recursos propios y mediante interconexión de redes de distribución de dicho derivado del petróleo. El asunto derivó porque la empresa Zeta Gas del Pacífico, promovió un juicio de amparo contra la resolución emitida por la Comisión Reguladora de Energía, que norma la prestación del servicio de almacenamiento de gas licuado de petróleo en condiciones no discriminatorias. La compañía consideró que dicha regulación viola los artículos 5, 14, 16 27, 28 y 133 de la Constitución Federal. El juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, al que tocó conocer el asunto, sobreseyó en parte el juicio y por otra negó la protección de la justicia, sentencia que emitió el 18 de enero de 2012.

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